De acuerdo al reglamento interior de la Secretaría de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambio Climático y Energía publicado el día 25 de marzo de 2022, en su artículo 23, la Dirección de Cultura Ambiental tendrá las siguientes atribuciones específicas:

I. Promover, en coordinación con la Secretaría de Educación del Poder Ejecutivo Estatal, el Instituto de Cultura y Artes del Estado de Campeche y las Instituciones de Educación Superior en el Estado, la incorporación de contenidos con el enfoque ambiental y los criterios de sustentabilidad en los planes y programas de estudios en el Estado, así como en la formación cultural de la población y en particular de la niñez y la juventud;

II. Impulsar con las instituciones de enseñanza media y superior, así como de investigación científica y tecnológica, el desarrollo de planes, programas y estrategias de educación y cultura ambiental;

III. Promover acuerdos con instituciones de educación superior, centros de investigación, organismos del sector social y privado, organizaciones no gubernamentales, investigadores e investigadoras y especialistas en materia de educación para el desarrollo sustentable;

IV. Coadyuvar las actividades que en materia de investigación y educación ambiental se lleven a cabo en las Áreas Naturales Protegidas estatales;

V. Promover programas de educación ambiental no formal para apoyar el establecimiento de sistemas de administración ambiental y ahorro energético en instituciones públicas y privadas;

VI. Impulsar políticas de comunicación social educativa y sustentabilidad ambiental a través de los medios de comunicación y organismos del sector social y privado, con el objeto de fortalecer la conciencia y responsabilidad ambiental de todos los sectores de la población, así como la política ambiental en contra de la contaminación y el cambio climático;

VII. Fomentar la construcción y fortalecimiento de una cultura ambiental y la conservación del patrimonio natural y cultural, en coordinación con la Secretaría de Educación del Poder Ejecutivo Estatal y el Instituto de Cultura y Artes del Estado de Campeche;

VIII. Impulsar y promover procesos orientados a la construcción de valores y actitudes que posibiliten a formar capacidades que conduzcan hacia el desarrollo sostenible y el respeto al cuidado ambiental;

IX. Coordinar, concertar y ejecutar proyectos de formación, capacitación y actualización para mejorar la capacidad de gestión ambiental y el uso sustentable de los recursos naturales del Estado, incorporando la visión de la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU;

X. Promover la educación ambiental no formal en aquellos proyectos relacionados con el apoyo a los bienes y servicios ambientales, con el fin de propiciar su aprovechamiento sustentable;

XI. Atender las solicitudes de las Secretarías, Dependencias Entidades de la Administración Pública Estatal, instituciones educativas y particulares para el fomento de la cultura ambiental;

XII. Promover el establecimiento y la aplicación de programas municipales de educación y capacitación para el desarrollo sustentable;

XIII. Promover y coordinar exposiciones, ferias, foros, congresos y eventos de difusión de la educación y cultura ambiental;

XIV. Organizar, coordinar, impartir y difundir talleres de educación y cultura ambiental que contribuyan al manejo, uso y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales del Estado y la protección del medio ambiente;

XV. Promover la cultura ambiental como elemento transversal de la agenda pública, los procesos y la institucionalidad educativa, en sus diferentes niveles y modalidades, a fin de dar a conocer nuevas formas de comportamiento y consumo amigables con el ambiente;

XVI. Consolidar la concertación y participación ciudadana como componente de la cultura y la educación ambiental;

XVII. Fortalecer la organización social y establecimiento de redes de concertación, coordinación y cooperación interinstitucionales e intersectoriales, capaces de operar las políticas públicas, estrategias y actividades de cultura y educación ambiental desde las regiones y Municipios de Campeche;

XVIII. Difundir instrumentos de participación ciudadana que incentiven a todos los sectores sociales con el objeto de mejorar las condiciones del medio ambiente;

XIX. Difundir los objetivos, programas y acciones de la Secretaría; y

XX. Las demás que le señalen las diversas disposiciones legales, el presente reglamento, los manuales de organización y las demás que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan, así como las que le confiera la o el titular de la Secretaría.